El Esquí, un deporte de riesgo: sentencia sobre un accidente
Se demanda a nuestro cliente por un accidente de esquí, por colisión entre dos esquiadores, el actor sufrió a causa del accidente lesiones cuya indemnización solicitaba, en base al art.1902 del CC. Se le reclaman 21.000€ más los intereses legales más las costas judiciales.
La base de la petición del actor, se basaba en la presunta velocidad excesiva del demandado, además de por no haber respetado la prioridad en el paso, que supone que cuando un esquiador desciende tiene que observar una diligencia superior para evitar colisionar con el que desciende, según las normas.
Al margen de no quedar acreditado nada de lo anterior, se suma una especialidad en los deportes de riesgo, como el esquí, y es que existe una abundante jurisprudencia, consistente en la asunción de un riesgo que cualquier esquiador asume cuando practica este deporte. Citando como ejemplo la STS de 19 de diciembre de 2006: “La responsabilidad deportiva no es una responsabilidad objetiva, precisando la existencia de culpa o negligencia en el agente, no siendo aplicable la teoría del riesgo como criterio objetivizador de la responsabilidad; añadiendo, a propósito de la asunción del riesgo en la práctica deportiva, que su aplicación exige que las conductas de los participantes no se salgan de los límites normales.
En el deporte del esquí, existe un riesgo en sí mismo, según el cual quien lo practica está aceptando y se está sometiendo de forma voluntaria al riesgo que comporta, no es posible admitir una responsabilidad por el riesgo creado.”
La Sentencia ganada por el despacho ( Sentencia n.º 189/15), concluye: “ No se ha probado por la parte demandante, que el demandado con su conducta sobrepasase los riesgos inherentes a esta actividad, entre los que se hayan la colisión con otros esquiadores, máxime cuando el demandado va por una pista adecuada a su nivel, azul, fácil por donde van niños con monitores ( hecho no discutido), asume que va por una pista de gente menos preparada que él y con más riesgo.”